El incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) comienza a reflejarse en los beneficios laborales de los trabajadores del sector privado. Desde el 1 de octubre de 2026, el sueldo mínimo pasó de S/1.130 a S/1.230, una modificación que también tendrá repercusiones en el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al depósito de noviembre.
El ajuste no solo alcanzará a quienes perciben el salario mínimo, sino también a los trabajadores que reciben asignación familiar. Este concepto forma parte de la remuneración computable para calcular la CTS, por lo que el aumento también influirá en el monto que recibirán quienes tienen derecho a este beneficio laboral.
Esto es lo que recibirán los trabajadores que ganan S/1.230 y tienen asignación familiar
El reajuste del sueldo mínimo también traerá un beneficio adicional para quienes reciben asignación familiar, equivalente al 10% de la RMV. Con el incremento de octubre, este concepto pasó de S/113 a S/123 y, al formar parte de la remuneración computable, elevará el monto de la CTS que se depositará en noviembre. De esta manera, los trabajadores que perciben ambos conceptos verán reflejado un aumento en su beneficio laboral.
Por ejemplo, una persona que completó los seis meses del semestre y recibió la gratificación íntegra de julio obtendría un depósito referencial de S/780,08. Antes del reajuste, habría recibido S/725,08, lo que representa una diferencia de S/55. En tanto, quienes tienen un sueldo superior a S/1.230 y perciben asignación familiar podrían recibir S/5 adicionales en su CTS, siempre que su remuneración básica se mantenga sin modificaciones.
Esto es lo que recibirá un trabajador del régimen laboral general que gana el sueldo mínimo
Para quienes perciben únicamente la Remuneración Mínima Vital y no cuentan con asignación familiar, el aumento salarial también se verá reflejado en el depósito de noviembre. Un trabajador del régimen laboral general que haya completado los seis meses del periodo mayo-octubre recibirá una CTS referencial de S/709,17, siempre que cumpla con las condiciones establecidas para el cálculo.
Esta cantidad representa S/50 más de lo que habría recibido si el sueldo mínimo continuaba en S/1.130. Sin embargo, el monto final no será igual para todos, pues dependerá de los beneficios que perciba cada trabajador y de las particularidades de su situación laboral.
Fecha límite para los empresarios sobre el depósito de la CTS es para este lunes 16 de noviembre
Con el depósito de la CTS cada vez más cerca, las empresas tendrán plazo hasta el lunes 16 de noviembre para cumplir con esta obligación laboral, debido a que el día 15 cae domingo. En Lima y Callao, la fecha coincide además con un día no laborable compensable dispuesto por el Gobierno. Ante este escenario, Cristian Santisteban, CEO de Human Talent Partners, recomienda a los empleadores organizar los pagos con anticipación para evitar retrasos.
Mientras tanto, los trabajadores deberán revisar sus liquidaciones y verificar que se hayan considerado el sueldo de octubre, la asignación familiar, si corresponde, la sexta parte de la gratificación de julio y el tiempo efectivamente laborado. También deben tener en cuenta que las horas extras, comisiones e inasistencias pueden modificar el cálculo, mientras que los regímenes especiales tienen reglas particulares. A ello se suma que, hasta el 31 de diciembre de 2026, continuará vigente la posibilidad de retirar el 100% de los fondos acumulados en las cuentas CTS.


