El Departamento de Estado (DOS) anunció que está exigiendo el pago de una fianza de visa de hasta 20.000 dólares a los ciudadanos de ciertos países que soliciten un visado de turista B1/B2 para poder ingresar a la nación americana. En el listado latinoamericano se encuentran: Cuba, Venezuela y Nicaragua.
Venezuela, Nicaragua y Cuba, entre los países obligados a pagar una fianza para obtener la visa
El gobierno estadounidense seleccionó a estas naciones teniendo en cuenta las bases de los índices de permanencia pues superan los límites autorizados. Las autoridades consulares aplican este requisito a los solicitantes durante sus entrevistas presenciales.
De acuerdo a la web de Travel State, la medida fija montos a modo de garantía que oscilan entre los US$10.000 y los US$20.000, pero dependerá de la evaluación de cada caso. Los viajeros tendrán que abonar estas sumas antes de recibir el visado en su pasaporte. A continuación, te diremos las fechas en las que comenzará a aplicarse esta medida:
- Cuba: el gobierno de Estados Unidos aplica este requisito a los ciudadanos cubanos que tramitan la visa B1/B2 desde el 21 de enero de 2026.
- Venezuela: las autoridades federales iniciaron la fianza de visa para los venezolanos el 21 de enero de 2026.
- Nicaragua: los nicaragüenses quedaron sometidos a esta exigencia económica desde el 2 de abril.
Casos en los que podrías perder este dinero de la fianza por la visa B1/B2
El DHS establece que la pérdida del depósito monetario se perdería si el visitante quebranta las reglas de su estatus no inmigrante. Las autoridades registran las infracciones en el sistema oficial e inician rápidamente con la confiscación del capital depositado. Algunos de los principales casos son:
- Violación de las condiciones de estatus: la falta de cumplimiento de las condiciones establecidas en el Formulario I-352 origina un incumplimiento de la fianza. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) evalúa cada caso.
- Permanencia tras el vencimiento o solicitud de asilo: el visitante incurre en falta si permanece en el país tras vencer su período de estancia autorizado o si presenta el Formulario I-589 de asilo. Asimismo, la entrega extemporánea de prórrogas o cambios de categoría activa la pérdida del dinero.


