La disparidad de criterios entre los Jurados Electorales Especiales (JEE) para resolver los casos de presunta reelección encubierta de alcaldes genera incertidumbre y afecta la predictibilidad del proceso electoral. No es admisible que situaciones similares reciban respuestas distintas dependiendo de la jurisdicción. Las reglas electorales deben ser claras y aplicarse con coherencia, porque de ellas depende la legitimidad de las autoridades que asumirán sus cargos.
Por ejemplo, los JEE de Bagua y Moyobamba proclamaron como alcaldes de Condorcanqui y Zapatero a Hermógenes Lozano y a Carlos Hidalgo, respectivamente, quienes postularon como primeros regidores y ante la renuncias de sus candidatos a burgomaestres, seguirán como máxima autoridad edil. Todo lo contrario ocurrió en Ica, el JEE local que proclamó alcaldesa a la segunda regidora de la lista y no al primero porque iba a repetir el plato.
El Jurado Nacional de Elecciones debe establecer una posición uniforme sobre estos casos. No se puede permitir que cada JEE interprete por su cuenta los alcances de la prohibición constitucional de reelección inmediata. Tampoco se trata de cerrar el debate jurídico, sino de resolverlo con argumentos sólidos y una interpretación que garantice igualdad ante la ley. Las fórmulas indirectas para permanecer en una alcaldía merecen una evaluación rigurosa, sin decisiones contradictorias ni espacios para la confusión.

