En diciembre del año pasado, se aprobó la Ley N° 32537 con un artículo único que ampliaba la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) hasta el 31 de diciembre del 2026.
Como consecuencia, en agosto de este año, el Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados de Loreto contra el artículo único de dicha ley, así como el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1695 (modificó el Código Penal sobre el delito de minería ilegal).
En ese mes, corrió traslado de la demanda al Congreso de la República y al Poder Ejecutivo para que contesten.
Ahora, el TC acaba de programar para el próximo 12 de noviembre la audiencia pública sobre este tema. El demandante, como se mencionó líneas arriba, es el Colegio de Abogados de Loreto, representado por Erick Salas Barrera (decano) y los demandados son el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo, se lee en la información del tribunal.
Lo que alegó en su momento el colegio fue que la normativa mencionada vulnera diversos principios y derechos constitucionales, tales como: derecho a gozar de un medio ambiente equilibrado y los principios relacionados con su protección; acceso a la justicia ambiental; derecho a la igualdad de la ley; a la salud; derechos de las poblaciones vulnerables que se encuentran desprotegidas bajo el régimen del Reinfo; y, el carácter transitorio de dicho régimen.
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