Las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026) se realizarán este domingo 4 de octubre y una de las dudas que persiste entre los ciudadanos está relacionada con las multas electorales pendientes. Quienes no votaron en elecciones anteriores o no cumplieron con el cargo de miembro de mesa pueden mantener una deuda ante el sistema electoral, pero esta situación no significa que hayan perdido su condición de electores habilitados. El JNE señala expresamente que las personas que no votaron en comicios anteriores no tienen impedimento para votar en una nueva elección.
¿Puedo votar si tengo una multa electoral pendiente?
Sí. Tener una multa electoral pendiente no impide votar en las elecciones del 4 de octubre, siempre que el ciudadano figure como elector habilitado en el padrón correspondiente. La sanción económica y el derecho al sufragio son situaciones distintas: una multa puede mantenerse como deuda, pero no suspende por sí misma el derecho constitucional a participar en una nueva jornada electoral.
Esto también se aplica a quienes acumularon una multa por no haber votado en una elección anterior. El JNE precisa que esas personas pueden acudir a las urnas en un nuevo proceso, aunque la obligación económica permanezca pendiente. Para las ERM 2026, el padrón definitivo comprende a 26 millones 314 mil 648 electores hábiles peruanos, además de 76 ciudadanos extranjeros habilitados para las elecciones municipales.
¿Qué pasa si la multa fue por no ser miembro de mesa?
La situación es diferente respecto de la obligación de integrar una mesa de sufragio. La multa por no cumplir injustificadamente con el cargo de miembro de mesa constituye una sanción independiente de la correspondiente a la omisión del voto. Por eso, un ciudadano puede tener pendiente una multa por no haber ejercido esa función en una elección anterior y aun así estar habilitado para votar el 4 de octubre.
Para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, la multa por no cumplir con el cargo de miembro de mesa es de S/275, mientras que la sanción por no votar depende de la clasificación socioeconómica del distrito: puede ser de S/27,50, S/55 o S/110. En determinados casos, ambas penalidades pueden acumularse si una persona no cumple ninguna de las dos obligaciones durante la misma jornada.
¿Qué ocurre con la multa después de las elecciones?
Que una persona pueda votar pese a tener una multa pendiente no significa que la deuda desaparezca. El JNE mantiene mecanismos para consultar las sanciones y realizar los trámites correspondientes. Además, si el ciudadano tuvo una causa válida que le impidió votar o cumplir como miembro de mesa, existen procedimientos de dispensa o justificación electoral.
Los trámites de dispensa por no votar y de justificación por no cumplir como miembro de mesa pueden realizarse desde el día siguiente de la elección, siempre que exista una causal válida y se presente el sustento requerido. Por ello, antes de la jornada del 4 de octubre, la principal diferencia que debe tener clara el elector es esta: una multa pendiente genera una obligación económica, pero no le impide votar en una nueva elección.
Qué debes hacer si fuiste sorteado nuevamente
Los electores que fueron designados miembros de mesa —titulares o suplentes— para este 4 de octubre deben presentarse en su local de votación desde las 6:00 a. m. para la instalación de la mesa. Tener sanciones anteriores no los exime de esta nueva responsabilidad. Si no asisten sin una causa válida, podrían recibir otra multa de S/275 por incumplir el cargo.andina+1
Las mesas estarán habilitadas para votar entre las 7:00 a. m. y las 5:00 p. m.. Si por una causa de fuerza mayor una persona no puede participar, podrá gestionar una dispensa ante el JNE con la documentación que sustente su ausencia. Votar el 4 de octubre no borrará las multas antiguas, pero evitará sumar una nueva deuda y permitirá que cada ciudadano participe en la elección de las autoridades que gobernarán durante el período 2027-2030.


