El último lunes, el Gobierno de Keiko Fujimori, a través del Ministerio de Energía y Minas (Minem), aprobó un decreto supremo (DS) que facilitará los trámites de los mineros que están inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y que sí tienen voluntad de cerrar este proceso.
¿Qué significa esto? Que la Dirección General de Formalización Minera (DGFM) ya no hará una visita técnica previa a entregar el visto bueno final al minero del Reinfo para que opere en el campo legal. Especialistas valoran el cambio, pero precisan los cuidados que deberán tomar quienes se asocien con estos pequeños mineros.
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Celeridad versus control previo
A criterio de Miguel Ángel Soto, socio de Energía, Minería y Medio Ambiente en PPU, así como Sebastián Linares, abogado senior de Ambiental y Minero en Vargas Pareja Abogados, la modificación es positiva, ya que busca reducir tiempos y costos en un proceso de formalización que lleva años abierto sin concluirse.
“Con ello están regulando el último paso: la emisión de la autorización para inicio o reinicio de actividades. Previo a ello, se entiende, el titular minero ya tuvo que adquirir o tomar en cesión la concesión minera, así como los terrenos superficiales; y ver aprobado su instrumento de gestión ambiental. Se busca un mecanismo de aprobación más expeditivo, como pasa en la gran y mediana minería”, explicó Soto.
El asunto con ello es que implica ahora la verificación “en gabinete”. Según el abogado de PPU, la DGFM podría usar la telemetría, tecnología que permite verificar datos y georreferenciar espacios vía redes inalámbricas o GPS. “Será sencillo para operaciones a tajo abierto o con componentes superficiales, pero complicado para verificar labores subterráneas. Eso no se contempla en el DS”, sumó.
“Es lo que considero que van a empezar a requerir. Por ejemplo, sustentar con fotos la instalación de sistemas, adjuntar los comprobantes de compra y más. Ese sería otro camino para suplir de la mejor manera una visita de campo y solo hacer la de gabinete”, apuntó.
Un riesgo ante la nulidad del Reinfo
Bajo esas nuevas reglas, ambos abogados creen también que el DS podría despertar dudas o mayor precaución para las grandes operaciones mineras que trabajan con los inscritos en el Reinfo.
En consecuencia, las mineras también tendrían que asumir, previo a asociarse, está labor. De lo contrario, consideraron los analistas, corren el riesgo de que cualquier falta posterior podría acarrear sanciones de parte del Minem que también alcanzarían a los compradores.
Por ejemplo, una declaratoria de nulidad de la autorización al minero del Reinfo por no cumplir con acreditar correctamente los documentos, a pesar de la verificación “en gabinete”, podría poner en jaque no solo al minero informal, sino a la gran mina que trabaja con él.
“Siempre hubo saturación y que la DGFM tenga todo a su cargo motiva estas salidas que buscan una emisión de autorizaciones más veloz. Pero hay ese riesgo: le compras a pequeños mineros que trabajan bajo un régimen extraordinario donde cambian mucho las reglas legislativas o de cumplimiento. Los comercializadores van a tener que ser muy cuidados de a quién le compran y reconocer el peligro de que, incluso si tienen autorización, pueda ser declarada nula después y eso les genere contingencias”, reconoció Linares.
“¿Qué tan efectiva será la medida? Esa es la pregunta. Si vamos a los números, ¿cuántos de los 31 mil han presentado un expediente técnico para tener autorización de actividades? En 2025 eran alrededor de 700, el 2% del total. Si bien es una medida de simplificación, tampoco destrabará el proceso de formalización. Los cuellos de botella están en las primeras etapas, no en las últimas", remarcó el abogado de PPU.
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¿Qué pasará con una Ley MAPE?
Con ello en mente, Soto y Linares recordaron que ya está en trámite ante el Congreso de la República la más reciente versión de la nueva Ley de la Minería Artesanal y Pequeña Minería, más conocida como Ley MAPE.
También confirma que el actual proceso de formalización minera integral, es decir, el Reinfo, concluye el 31 de diciembre del 2026 y que la vigencia del régimen de consolidación (de aprobarse el proyecto) se iniciará el 1 de enero del 2027 y concluirá el 30 de junio del 2028.
¿Cómo conversará el cambio del DS con este potencial nueva norma matriz? Para Soto, si bien la Ley MAPE contemplará sus alcances, también debe aclarar sus vacíos.
“La discusión legal será esa: ¿compraste o no a un minero autorizado a operar si el Reinfo se acaba y se declara la nulidad de su permiso? Quedan menos de dos meses y, con lo que demoran las leyes ahora en Diputados y Senadores, habrá que esperar un resultado", agregó.


