A partir de enero de 2027, los cajeros de criptomonedas en Florida estarán sujetos a límites diarios, avisos contra estafas y requisitos específicos para solicitar reembolsos por fraude. Las disposiciones alcanzan a los quioscos que permiten comprar o intercambiar activos virtuales, habitualmente ubicados en gasolineras, supermercados y tiendas de conveniencia; quedan fuera los ATM bancarios utilizados para retirar efectivo. Esta distinción importa para las familias que administran su presupuesto, pagan la renta o reservan dólares destinados a sus seres queridos en el extranjero: la norma no establece un nuevo tope general sobre el dinero que pueden sacar de sus cuentas.
Las disposiciones forman parte de la HB 505, firmada por el gobernador Ron DeSantis el 26 de junio de 2026 y convertida en el capítulo 2026-178 de las leyes estatales. Además de restringir los montos, exige comprobantes y contempla un mecanismo de reembolso para la primera transacción del cliente, siempre que se cumplan determinados requisitos.
Su alcance abarca a los negocios que ofrecen estos servicios en todo el estado. Tanto en Miami y Hialeah como en Orlando o Tampa, los usuarios deberán conocer cuánto podrán operar y qué información tendrán que confirmar antes de introducir efectivo en la máquina.
¿CUÁNTO SE PODRÁ MOVER DIARIAMENTE?
La legislación establece dos categorías según el tiempo que una persona lleve realizando transacciones con la empresa responsable del quiosco. No basta con tener experiencia comprando criptomonedas: lo que cuenta es la relación con ese proveedor.
| Tipo de cliente | Límite diario desde enero de 2027 | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Cliente nuevo | US$2,000 | Suma de las transacciones realizadas durante el día calendario |
| Cliente existente | US$10,000 | Suma de las transacciones realizadas durante el día calendario |
La categoría de cliente nuevo corresponde a quien haya operado con el negocio durante menos de siete días. Al alcanzar ese plazo, pasa a considerarse existente y accede al monto superior previsto en la norma.
Cambiar de máquina tampoco permitirá empezar de cero. El cálculo contempla tanto una operación como varias, efectuadas mediante uno o más quioscos.
En términos prácticos, estas serán las reglas:
- Un cliente nuevo no podrá superar US$2,000 por día calendario.
- Un cliente existente tendrá un máximo de US$10,000 durante ese mismo período.
- Las operaciones realizadas en la jornada se acumulan.
- Utilizar varios quioscos no elimina el límite.
- La categoría depende de la relación con el negocio que administra el equipo.
Por ejemplo, si alguien sujeto al tope inicial realiza una transacción de US$1,500, dispondrá de US$500 adicionales antes de alcanzar el máximo permitido. Dividir esa cantidad en distintos envíos no amplía el margen.
PREGUNTAS ANTES DE CADA OPERACIÓN
Antes de iniciar una transacción, el quiosco deberá pedir al usuario que confirme si utilizó otro equipo de moneda virtual durante esa jornada y por qué monto. La respuesta servirá para determinar cuánto puede mover sin superar el límite correspondiente.
La consulta no se restringe a la máquina que tenga delante. Por eso, convendrá recordar las cantidades transferidas previamente, aunque se hayan procesado desde otro dispositivo.
ADVERTENCIAS Y RECIBOS OBLIGATORIOS
Los requisitos también buscan prevenir fraudes. Antes de permitir una operación, la pantalla deberá mostrar un aviso claro sobre desconocidos que se hacen pasar por agentes del gobierno, cobradores de deudas o policías.
Si alguien a quien el usuario no conoce personalmente lo dirigió hasta ese quiosco, el mensaje indicará que debe detenerse de inmediato. También recomendará comunicarse con un asesor financiero o las autoridades locales.
El problema ya tiene antecedentes en Florida. Según el análisis legislativo final, que recoge información de la Office of Financial Regulation (OFR), las quejas recibidas por el FBI y la Comisión Federal de Comercio sobre estos equipos involucraban más de US$33 millones en pérdidas alegadas entre enero de 2020 y diciembre de 2025.
¿QUÉ DEBERÁ INCLUIR EL COMPROBANTE?
Al completar una transacción, el cliente podrá elegir entre un recibo impreso o electrónico. El documento tendrá que contener los siguientes datos:
- Nombre e información de contacto del negocio.
- Correo electrónico y número de teléfono gratuito.
- Fecha y hora de la operación.
- Monto en dólares estadounidenses.
- Tipo de transacción.
- Identificador en la cadena de bloques, conocido como transaction hash.
- Cada billetera digital utilizada.
- Comisión total cobrada.
- Tipo de cambio, cuando corresponda.
- Declaración sobre la responsabilidad del quiosco, si la hubiera, por una entrega tardía o que no se produzca.
- Política de reembolso.
Estos datos permitirán documentar cuánto dinero se movió, qué cargos se aplicaron y cuáles fueron las billeteras involucradas. Además, facilitarán el contacto con la empresa si posteriormente surge un reclamo.
REEMBOLSO POR LA PRIMERA TRANSACCIÓN
La HB 505 exige una devolución completa dentro de 72 horas para la primera transacción de moneda virtual del cliente cuando se cumplan las condiciones establecidas. Esta protección no equivale a un derecho general de cancelar cualquier compra de criptomonedas.
Para acceder a ese mecanismo, la persona afectada deberá cumplir ambos requisitos:
- Notificar al negocio y a una agencia policial o gubernamental sobre el carácter fraudulento de la operación dentro de los 60 días posteriores.
- Presentar pruebas del supuesto engaño, como un reporte policial o una declaración jurada notarizada.
La diferencia es importante para quien busca recuperar sus fondos: reclamar únicamente al operador del cajero no será suficiente. La norma también exige informar a una autoridad y aportar documentación que respalde el caso.
REGISTRO Y FECHAS DE APLICACIÓN
La Office of Financial Regulation estará a cargo del registro de estos negocios. Desde el 1 de marzo de 2027, las empresas no podrán operar quioscos de moneda virtual en Florida sin inscribirse o renovar su autorización, salvo las excepciones previstas.
Los transmisores de dinero que ya dispongan de una licencia como negocio de servicios monetarios quedarán exentos de ese trámite específico. Sin embargo, deberán cumplir las obligaciones relacionadas con advertencias, límites diarios, recibos y reembolsos.
Las compañías que operen en el estado el 1 de enero de 2027 o antes tendrán que presentar su solicitud dentro de los 30 días siguientes. Entre los requisitos figura documentar políticas y procedimientos de análisis de blockchain para impedir transferencias hacia direcciones de billeteras vinculadas con actividades delictivas conocidas.
LAS FECHAS QUE DEBEN CONOCERSE
La entrada en vigor general será el 1 de enero de 2027. Sin embargo, la obligación específica de estar registrado para operar comenzará dos meses después, conforme al siguiente calendario.
| Fecha | Cambio |
|---|---|
| 1 de enero de 2027 | Comienzan las reglas sobre límites diarios, advertencias, recibos y reembolsos |
| Hasta el 31 de enero de 2027 | Los negocios que operen el 1 de enero de 2027 o antes deberán presentar su solicitud de registro |
| 1 de marzo de 2027 | Comienza el requisito general de registro para operar quioscos de moneda virtual, con las excepciones previstas |
Los plazos corresponden al texto aprobado y al análisis legislativo final de la HB 505.
Para los residentes de Florida, el alcance dependerá del servicio utilizado: los retiros en ATM bancarios no quedan sujetos a esta regulación. En cambio, quienes acudan a quioscos de criptomonedas deberán respetar los topes de US$2,000 o US$10,000 diarios y contar con las nuevas protecciones desde enero de 2027.
