El partido Renovación Popular apeló la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de Ica de no proclamar a Jorge Quispe Saavedra como alcalde distrital de San Juan Bautista para el periodo 2027-2030. En su lugar, el organismo electoral proclamó como burgomaestre a Rita Guerrero Cajo, segunda regidora de la lista.
En el recurso presentado el 6 de noviembre, Renovación Popular solicitó al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) revocar la resolución de primera instancia. La agrupación argumentó que se vulneró el debido proceso, debido a que Jorge Quispe Saavedra no tuvo la oportunidad de presentar sus descargos.
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El actual burgomaestre postuló como primer regidor de la lista de Renovación Popular. La candidatura estuvo inicialmente encabezada por Juana Quispe Quijaite, quien renunció durante el proceso electoral.
Como se recuerda, el JEE de Ica consideró que proclamar a Quispe Saavedra como alcalde supondría una continuidad inmediata en el cargo, prohibida por el artículo 194 de la Constitución Política. Por ese motivo, lo proclamó únicamente como primer regidor y dispuso que Guerrero Cajo, segunda integrante de la lista, asumiera la alcaldía.
Tras esta decisión, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) realizó una conferencia en la que ratificó este criterio: los alcaldes en funciones que postularon como primeros regidores no podrán ser proclamados como burgomaestres para el periodo 2027-2030.
Es preciso resaltar que Guerrero Cajo pertenece a la lista de Renovación Popular, la cual ganó los comicios con 1.510 votos.
Apelación presentada ante el JEE IcaLos argumentos de Renovación Popular: se aferran a la reelección encubierta
Según el oficio enviado por el personero del partido, la postulación de Quispe Saavedra como primer regidor no fue cuestionada por el JEE de Ica durante la etapa de inscripción de las candidaturas. En ese sentido, se solicita al ente electoral "establecer si existe una prohibición constitucional que impida que, habiendo postulado como primer regidor de la lista ganadora, pueda ser proclamado como alcalde ante la inexistencia de una candidatura inscrita a dicho cargo".
La postura del partido, señala el escrito, es que no existe un impedimento legal para que el primer regidor, que anteriormente fue alcalde, asuma como burgomaestre. "La eventual asunción de la alcaldía debe analizarse a partir de las reglas electorales y municipales aplicables, sin convertir una situación de sucesión o prelación en una supuesta postulación directa a la alcaldía", indica el documento.
En esa misma línea, el partido indica que la prohibición de proclamar como alcalde a Quispe Saavedra "supondría incorporar una restricción que no se encuentra establecida en la Constitución Política". Es decir, el partido señala que la ley no establece que un primer regidor no pueda asumir como alcalde si está en funciones.
De igual forma, el partido señala que el fallo del JEE Ica vulnera los principios de legalidad, seguridad jurídica y preclusión electoral. Según indican, el ente electoral hizo una "interpretación extensiva del artículo 194 de la Constitución Política, sin identificar una disposición que prohíba expresamente su proclamación en las circunstancias concretas del presente caso".
En tanto, la organización también mencionó que se vulneró, presuntamente, la voluntad popular y la Ley de Elecciones Municipales.
Apelación será revisada por el JNE
El JEE Ica concedió la apelación de Renovación Popular y será resuelta por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Apelación será revisada por el JNE

