A dos meses y medio para que concluya el Reinfo, el gobierno de Keiko Fujimori está por presentar ante el Congreso bicameral su propuesta para la nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Ley MAPE). En el texto, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) plantea que las plantas de beneficio sean objeto de fiscalización directa y que el plazo de formalización se extienda por 18 meses, entre otros.
En la sétima disposición complementaria del proyecto, al que tuvo acceso El Comercio, el MINEM propone que, por un plazo de cinco años, tras la promulgación de la nueva Ley MAPE, “las funciones de supervisión, fiscalización y sanción” a las plantas de tratamiento comprendidas en el régimen ordinario y en el régimen de consolidación (donde recalarán los mineros informales con Reinfo) sean ejercidas por la OEFA, Osinergmin y Sunafil.
Las plantas que serán objeto de esta regulación serán las que procesen más de 25 toneladas métricas de mineral por día.
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) supervisará que las plantas de beneficio cumplan las normas ambientales, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), “la seguridad de la infraestructura, instalaciones y gestión de las operaciones mineras”, y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), la materia sociolaboral, detalla el proyecto.
“Este es un tema nuevo y, por ello, lo estamos regulando dentro de este proyecto. La OEFA no fiscaliza a la actividad de la pequeña minería ni a la minería artesanal. Tampoco el Osinergmin ni la Sunafil. Lo que estamos haciendo es que las labores de supervisión a la actividad minera en pequeña escala sean asumidas por estas tres entidades”, refirió la viceministra de Minas, Mayra Figueroa.
Al respecto, Iván Arenas, experto en minería e hidrocarburos, dijo que este punto del proyecto de Ley MAPE del gobierno “es un avance” respecto a la actual legislación.
Arenas explicó que las plantas de beneficio, a partir de las 350 toneladas de producción, eran vigiladas por los gobiernos regionales.
“Eso era una coladera, en esas plantas no ingresaban 350 toneladas de mineral, sino más. Ahora se va a cambiar, y va a ser 25 toneladas. Y para la que fiscalización sea rápida se debe aplicar la ventanilla única, como el mismo proyecto lo dice [...] Y sí, claro que es un avance”, manifestó en comunicación con El Comercio.
A su turno, el abogado César Ipenza, experto en derecho ambiental, recordó que desde el 2012, a través del Decreto Legislativo N.º 1100, la OEFA, el Osinergmin y la Sunafil pueden fiscalizar unidades mineras. Añadió que el proyecto del MINEM pone en detalle o es más específico sobre las plantas de beneficio, que son espacios donde usualmente ingresa oro de origen ilegal y termina saliendo como oro legal.
Ipenza remarcó que, si esta propuesta es aprobada, no se debe esperar a una transferencia de funciones, sino que la OEFA “debe asumir competencia inmediata”.
En diálogo con este Diario, el letrado sugirió que a la propuesta se debe incluir el uso de la tecnología, a fin de que a través de satélites nacionales o privados se pueda monitorear cuántos camiones con mineral ingresan a las plantas de beneficio. Y, además, se tiene que precisar que, si una empresa tiene 10 plantas, se debe sumar el mineral que ingrese a todas.
“Esta fiscalización tiene que comenzar por aquellas empresas que son las mayores exportadoras de oro”, subrayó.
¿Y los riesgos del proyecto?
Arenas e Ipenza advirtieron que en el proyecto de Ley del MAPE del Ejecutivo se incluyen propuestas que representan riesgos, entre ellas la autorización al Banco de la Nación para que abran “cuentas corrientes y de ahorro” a las personas naturales o jurídicas del régimen ordinario (ya formalizados) y de consolidación (en proceso de formalización). Es decir, deja abierta la puerta para que los mineros informales accedan al sistema bancario.
“Si el nuevo sistema de trazabilidad no funciona, sí, existe un riesgo, por ahí podría colarse [dinero de origen ilegal]”, sostuvo Arenas.
Ipenza dijo que es un error que el gobierno pretenda permitir la inclusión al sistema bancario de mineros informales, sobre todo cuando los mecanismos de trazabilidad aún no están instalados.
“Esto podría terminar en lavado de dinero. Al ser [la minería artesanal e informal] un sector de alto riesgo, la banca comercial no permite [los mineros informales] abran cuentas. Y si el Banco de la Nación ha tenido deficiencias y brechas en seguridad tecnológica, cómo se busca instaurar una medida que podría llevar a lavar oro ilegal. Una vez que el dinero ingrese al Banco de la Nación, [los mineros informales] pueden pasarlo a otros bancos”, expresó.
La viceministra de Minas detalló que el mismo proyecto de Ley MAPE establece que el Banco de la Nación “está facultado” para levantar la información que fuera necesaria para determinar quién está depositando y podrá acceder al sistema de trazabilidad que el sector debe implementar.
“Mira, el riesgo lo tienen hoy todos los bancos, no solamente el Banco de la Nación [...] Lo que nosotros queremos es transparentar el movimiento [de dinero] de los mineros. Poder mapear y ver si, efectivamente, [los recursos] vienen de una actividad lícita o no. Riesgos siempre vamos a tener, lo importante es que podamos identificar cómo podemos mitigarlos. Y en todo caso sancionarlos”, declaró a este Diario.
La propuesta del gobierno también plantea la coexistencia de dos regímenes para la pequeña minera y la artesanal. Uno ordinario, de carácter permanente para los formalizados, y un segundo denominado de “consolidación”. Este último será de carácter “excepcional”, se aplicará exclusivamente a quienes cuenten con inscripción en el Reinfo, tanto vigente como suspendida.
Figueroa adelantó que el régimen de consolidación ahora otorgará a los mineros informales 18 meses para concluir el trámite de formalización y ya no dos años, como inicialmente el MINEM propuso.
La viceministra rechazó, en ese sentido, que la iniciativa del MINEM constituya un Reinfo encubierto y bajo otra denominación. “De nuestra parte estamos estableciendo un plazo de 18 meses y no estamos abriendo la puerta a una nueva ampliación. El proyecto de ley no lo establece”, acotó.
No obstante, Ipenza señaló que el Ejecutivo solo le está cambiando el nombre al Reinfo “y les está dando a los mineros lo que quería: un año y medio más para que sigan operando en la impunidad”. “El tema de las plantas de beneficio es una acotación. La creación del FORMAPE (Organismo Nacional para el Fortalecimiento de la Pequeña Minería y Minería Artesanal) es perpetuar la ilegalidad”, alertó.
Arenas, por su parte, cuestionó que la fórmula del gobierno no incluya la derogación de la exención de responsabilidad penal. Agregó que cualquier minero que pase al régimen de “consolidación” puede contaminar y la fiscalía ambiental no lo podrá procesar.
“Este punto se puede mejorar en el Congreso, es un riesgo. El propio Tribunal Constitucional lo ha dicho”, finalizó.
El proyecto de la nueva Ley MAPE deberá ser analizado y debatido en la Comisión de Energía y Minas de la cámara de diputados, que es presidida por Yenifer Paredes (Juntos por el Perú).
Más información
En las disposiciones complementarias del proyecto de Ley MAPE, el Ejecutivo también establece que podrá regular, por medio de un decreto supremo y a iniciativa del Ministerio del Interior, la adquisición, almacenamiento, transporte, comercialización y uso de explosivos y materiales relacionados a la pequeña minería y minería artesanal.
Además, autoriza al INEI a concluir el censo nacional de la pequeña minería y minería artesanal en los 12 meses posteriores a la entrada en vigencia de la norma.


