En Perú, el turismo patrimonial podría empezar a venderse como un paquete. La propuesta de reglamentación de la Ley N° 32586 —nueva Ley del Boleto Turístico— plantea integrar distintos bienes culturales en circuitos que articulen la afluencia turística con la descentralización de destinos.
¿Puede, entonces, este esquema hacer que los visitantes permanezcan más tiempo y gasten más fuera de Cusco?
El “mapa” para distribuir la demanda turística
El eventual reglamento tiene un alcance nacional y está diseñado para aplicarse a los monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos tanto de propiedad pública, administrados por el Ministerio de Cultura (Mincul), como de propiedad privada, siempre y cuando se incorporen voluntariamente al sistema mediante la firma de convenios.
Asimismo, contempla tres modalidades de boleto turístico. La primera es el uso integral, que otorga acceso a la totalidad de los bienes culturales incluidos en una ruta, circuito o corredor turístico. La segunda es la parcial, que abarca dos o más bienes culturales, sin incluir la ruta completa. Finalmente, no se elimina la modalidad de acceso a un solo bien; es decir, la comercialización del ingreso a un único monumento, museo o lugar histórico bajo la misma denominación.
Frente a este orden, Rafael Zacnich, gerente de Estudios Económicos de ComexPerú, precisa que “no se debe confundir integrar entradas con crear un destino”.
“Para que el circuito funcione se necesita conectividad, infraestructura, servicios, información, seguridad y promoción. El boleto [turístico] puede ayudar a organizar la oferta, pero por sí solo no convierte una colección de atractivos en un producto turístico competitivo”, explica.
Resalta, por tanto, que el mayor potencial de este esquema y su reglamento “está en aumentar permanencia y gasto usando atractivos ancla para inducir visitas a otros sitios y construir circuitos de varios días”.
Por ello, “la gran oportunidad está fuera de Cusco”, al “convertir atractivos dispersos de otras regiones en verdaderos productos turísticos y distribuir mejor los flujos y el gasto”, destaca el especialista.
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Boleto turístico: ¿de qué depende su éxito?
Zacnich indica que este nuevo criterio técnico “puede ser muy útil para agencias y operadores, siempre que la plataforma permita incorporarlo fácilmente a paquetes y no se diseñe únicamente pensando en la venta directa al visitante”.
Se refiere a la plataforma digital, un sistema desarrollado por el Poder Ejecutivo y administrado por el Mincul para la generación, registro, comercialización, validación y gestión del boleto turístico, así como para la trazabilidad de los ingresos y la publicación de información dirigida a la audiencia.
En detalle, a cada boleto digital emitido a nombre del usuario se le asigna un código único que permite su validación en los puntos de control e identificación en todo el sistema. Registra, además, los datos del visitante, la modalidad adquirida, los bienes comprendidos, el precio y la vigencia. También registra las capacidades máximas de visita, horarios, cierres temporales y preventivos.
“El riesgo dependerá de cómo los comités determinen el precio de los boletos integrados. El boleto tiene que ofrecer un beneficio frente a comprar cada entrada por separado; de lo contrario, será simplemente un mecanismo administrativo y no un producto turístico atractivo”.
En este caso, el encargado de fijar el monto es el Comité de Coordinación del Boleto Turístico (CCBT):
“La Dirección Desconcentrada de Cultura correspondiente coordina la elaboración del informe técnico-económico con la participación de las organizaciones públicas integrantes del CCBT, en el marco de sus competencias”, se puede leer en el documento oficial.
“Cuando una modalidad comprende bienes de propiedad privada, el acuerdo determina el monto atribuible al ingreso a cada uno de dichos bienes, conforme a la metodología establecida en el convenio correspondiente”, se agrega.
Reglas en la distribución de los recursos
Los ingresos netos que dejan los bienes públicos integrados se distribuyen mensualmente entre los gobiernos locales (provinciales y distritales), gobiernos regionales y el Mincul.
Cabe resaltar que todos los fondos recibidos deben destinarse obligatoriamente a la conservación, protección, puesta en valor, acondicionamiento turístico y gestión sostenible del patrimonio cultural.
“Está prohibido utilizar estos recursos para el pago de planillas de personal, obligaciones sociales o pensiones de las entidades públicas. [...] Los costos de operación del sistema digital no se descuentan de la bolsa general; se financian exclusivamente con cargo al porcentaje que corresponde al Mincul, sin afectar los montos transferidos a los municipios o gobiernos regionales”.
En cuanto a los bienes de propiedad privada integrados, el 100% del monto atribuible al ingreso pertenece a su propietario y no se considera en la bolsa de distribución pública.
“El dinero se le transfiere directamente según el convenio suscrito, y el propietario queda obligado a destinar un porcentaje pactado a la conservación, mantenimiento y seguridad del bien”, se acota en el proyecto oficial.
