Los ciudadanos que no pudieron votar el 12 de abril porque su mesa de sufragio se instaló con retraso aún pueden solicitar la dispensa de la multa electoral, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante un comunicado.El organismo se pronunció tras la sentencia en primera instancia del Quinto Juzgado Constitucional de Lima. El fallo responde a la demanda de amparo que presentó el alcalde de Lima, Renzo Reggiardo, por los retrasos en la instalación de mesas el 12 de abril.La sentencia ordenó al JNE exonerar de la multa a los electores cuyas mesas abrieron después de las 11 a. m. Al respecto, el organismo precisó que, aunque la resolución judicial aún no es definitiva, el procedimiento de dispensa “se encuentra vigente y en aplicación” para quienes no pudieron votar por “circunstancias excepcionales y justificadas”.De acuerdo con el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, el ciudadano puede presentar la solicitud de dispensa a través del Sistema de Dispensa Virtual del JNE. El trámite es gratuito cuando la causa son defectos en la organización del proceso atribuibles a las entidades del sistema electoral.
Lo que dispuso el juzgadoAdemás de ordenar la exoneración de las multas, el juzgado dispuso que el JNE mejore sus protocolos de control previo para evitar que se repitan situaciones similares.Sin embargo, no ordenó convocar a elecciones complementarias ni dejó sin efecto los resultados. Según el comunicado del JNE, el juzgado declaró la sustracción de la materia sobre ese pedido; es decir, consideró que ya no era posible pronunciarse sobre él.El juzgado también aceptó un pedido de la Procuraduría del JNE y declaró que Reggiardo no tenía legitimidad para presentar la demanda. Según el organismo, el alcalde no estaba legalmente habilitado para defender en un juicio el derecho al voto de otros ciudadanos, porque se trata de un derecho individual.El JNE recordó que la Constitución le encarga fiscalizar las elecciones y administrar justicia en materia electoral. Por ello, sostuvo que cualquier medida judicial sobre el voto y la fiscalización electoral debe examinarse según las competencias que la ley le asigna.Finalmente, indicó que su Procuraduría podrá evaluar si interpone recursos contra la sentencia.