El domingo, “Cuarto Poder” reveló que la excongresista Rosselli Amuruz vota en el distrito de La Molina -donde tiene domicilio legal-, pese a postular a la alcaldía de Santa María del Mar por el partido Avanza País. Y no es un caso aislado. Según un análisis de ECData y el estadístico Mathieu Rojas, un total de 10.109 candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales del 2026 registran domicilio legal fuera de la jurisdicción en la que postulan. La cifra representa el 10% del total de postulantes en contienda.
La proporción de candidaturas foráneas varía según el cargo en disputa. Los regidores distritales registran la tasa más alta: 11,3% de los candidatos a este cargo registran un domicilio legal fuera de la jurisdicción en la que postulan. Le siguen los postulantes a alcalde distrital (9,7%) y los accesitarios (7,9%).
Un caso llamativo es el de los candidatos a las alcaldías provinciales. De los 107 postulantes ‘foráneos’, 85 registran un domicilio legal no solo fuera de la provincia a la que postulan, sino de la región.
A nivel departamental, las regiones con más candidatos ‘foráneos’ son Lima (1.995), Junín (749 casos), La Libertad (670), Arequipa (661) y Ayacucho (610).
En Piura, cuatro de los veinte candidatos al Gobierno Regional (GORE) votan en un departamento distinto al que pretenden gobernar. Esta cifra representa a la quinta parte (20%) del total de aspirantes al sillón regional piurano.
En Lima Metropolitana, los aspirantes foráneos se concentran con mayor fuerza en las zonas periféricas. Villa María del Triunfo, Ate, Comas e Independencia lideran el ránking de candidatos con dirección legal fuera de la jurisdicción.
Por otro lado, las organizaciones políticas con mayor proporción de candidatos con dirección legal en otra jurisdicción son el Frente Popular Agrícola del Perú (Frepap) y el Partido Popular Cristiano (PPC). En ambos casos, cerca de un cuarto de los postulantes son, legalmente, foráneos.
¿Derecho o aprovechamiento?
En el Perú, la legislación electoral contempla que los candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales puedan postular en una jurisdicción distinta a la de su domicilio legal, siempre y cuando hayan nacido o residido en el lugar al menos dos años antes del vencimiento del plazo para solicitar la inscripción de candidaturas.
Además, la norma permite que los postulantes se acojan a la figura del “domicilio múltiple”, lo que los habilita a competir por un cargo en una jurisdicción distinta, siempre que se acredite que viven alternativamente o que tienen ocupaciones habituales en el lugar. Esa fue, precisamente, la figura que fue utilizada por la candidata Amuruz.
“Hay personas que salen de su localidad natal por estudios, se van a vivir a otra zona, pero van con frecuencia al lugar de donde vienen. Sin embargo, la figura del domicilio múltiple también permite que personas que no necesariamente lo tienen se valgan de documentos para acreditarlo y poder postular. La figura tiene sus pros y contras, pero ha sido mal utilizada, con una finalidad que no necesariamente responde a un domicilio múltiple real”, explica Silvia Guevara, especialista en Derecho Electoral.
Para el especialista en asuntos electorales y presidente del Instituto Aklla Perú, José Tello, la lógica del domicilio múltiple responde a la posibilidad de que personas con arraigo en una localidad puedan aspirar a ser autoridades. Considera que el hecho de que los candidatos no tengan un domicilio real en la jurisdicción por la que postulan puede generar, “en cierta medida”, problemas de representatividad, sobre todo a nivel distrital.
“Normalmente, en elecciones municipales se busca la figura del vecino, de alguien cercano. En la mayoría de distritos del país, el alcalde es la autoridad más cercana que uno tiene, es el primer vecino de la comunidad”, señala.
Para estas elecciones, uno de cada diez candidatos a alcalde local en el Perú registra un domicilio legal fuera del distrito en el que postula.
