El Juzgado Penal condenó al docente Gaudencio Vara, de 64 años, como autor del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de actos de connotación sexual, en agravio de dos menores de 13 años. Condena presentada por Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado, a través de la labor del fiscal adjunto provincial, Roy Robles.
Los hechos ocurrieron entre abril y junio de 2025, en una institución educativa de Tingo María, donde el sentenciado se desempeñaba como docente de Educación Artística. De acuerdo con la acusación fiscal, aprovechaba momentos de interacción con sus alumnas dentro del aula para realizar tocamientos indebidos e insinuaciones de carácter sexual, incluso durante la revisión de tareas y la participación de las estudiantes en las actividades académicas.
Uno de los hechos ocurrió el 16 de junio de 2025, cuando el acusado se encontraba en la puerta del aula y sostuvo de las manos a una de las menores para llevarla hacia la pizarra, donde realizó un rozamiento a la altura de sus senos. Este hecho quedó registrado por la cámara de vigilancia instalada dentro del aula, constituyéndose en uno de los elementos que fueron considerados durante la investigación.
MADRES SE ENTERARON
Las menores de iniciales D.Z. y A.P., ambas de 13 años, comunicaron lo ocurrido a sus madres, quienes posteriormente formularon la denuncia. La Fiscalía sustentó su acusación con las declaraciones de las menores en cámara Gesell, pericias psicológicas, inspecciones técnicas y registros de las cámaras de seguridad de la institución educativa.
Como resultado del proceso, el órgano jurisdiccional impuso a Gaudencio Vara 28 años de pena privativa de libertad efectiva, 14 años por cada agravio, por concurso real de delitos; además, dispuso su inhabilitación definitiva para ejercer actividades docentes o relacionadas con el cuidado y atención de menores, el pago de S/ 14 000 por concepto de reparación civil, tratamiento terapéutico para el sentenciado y tratamiento psicológico para las menores y sus progenitores, así como el pago de las costas del proceso.

