La cuota del Perú en el Fondo Monetario Internacional (FMI) pasaría de aproximadamente US$1.800 millones a US$2.700 millones, un aumento de 50% que equivale a unos US$900 millones adicionales. La propuesta del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) plantea elevarla de 1.334,5 millones a 2.001,8 millones de derechos especiales de giro (DEG), la unidad de cuenta utilizada por el organismo.
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La iniciativa fue remitida por el presidente del BCRP, Julio Velarde, al titular de la Cámara de Diputados, Óscar Reto Otero. El proyecto volvió a presentarse después de que se solicitaran ajustes para cumplir los requisitos reglamentarios, entre ellos la fundamentación de la medida, la identificación de las normas afectadas y el análisis costo-beneficio.
El incremento asciende a 667,3 millones de DEG. Al 10 de setiembre de 2026, cada unidad equivalía a US$1,37347, según el FMI, por lo que el aumento representaba cerca de US$916 millones.
¿Qué implica el aumento de la cuota peruana?
Las cuotas constituyen la principal fuente de recursos financieros del FMI. Según el organismo, determinan los aportes de sus miembros, influyen en su poder de voto y sirven como referencia para establecer los límites de acceso a determinados mecanismos de financiamiento.
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En la exposición de motivos del proyecto, el BCRP señala que elevar la cuota permitiría aumentar los montos absolutos de financiamiento que podrían estar disponibles para el Perú. Sin embargo, el cambio no supone la aprobación de un préstamo ni garantiza que el país reciba recursos adicionales: el acceso dependerá de las condiciones y políticas aplicables a cada mecanismo.
El aumento forma parte de la decimosexta revisión general de cuotas, aprobada por la Junta de Gobernadores del FMI el 15 de diciembre de 2023. El acuerdo contempla un incremento proporcional de 50% para los países miembros, sin modificar sus participaciones relativas mediante esta medida.
¿Cómo se financiaría el aumento?
La propuesta establece que las operaciones financieras estarán a cargo del BCRP y no requerirán una asignación del Presupuesto General de la República. El documento sostiene que la operación no representa un gasto fiscal directo, aunque sí tendrá efectos en el balance del ente emisor.
De acuerdo con el proyecto, el 25% del incremento —unos 166,8 millones de DEG— deberá pagarse en derechos especiales de giro, monedas de otros países miembros especificadas por el FMI o una combinación de ambas modalidades. El 75% restante, equivalente a aproximadamente 500,5 millones de DEG, se pagaría en moneda nacional.
Este mecanismo modificaría la composición de los activos externos del Banco Central. Una parte de los recursos mantenidos en depósitos u otros activos externos pasaría a reflejarse en su posición financiera frente al FMI. Según la exposición de motivos, ello no reduciría el nivel total de las reservas internacionales, aunque sí cambiaría su composición.
Congreso debe autorizar la nueva cuota
La cuota peruana fue autorizada anteriormente mediante la Ley N.° 29823, que elevó el monto a 1.334,5 millones de DEG. La nueva propuesta busca actualizar esa autorización para que el país pueda formalizar su consentimiento al aumento acordado internacionalmente.
El plazo vigente del FMI para recibir los consentimientos de los países miembros vence el 15 de noviembre de 2026. Al 29 de abril, 149 países habían aceptado el incremento, equivalentes al 76,66% de las cuotas consideradas para este proceso.
Para que la reforma entre en vigor, los países que hayan dado su consentimiento deben representar al menos el 85% del total de cuotas correspondiente. Además, el FMI estableció una condición vinculada a la reducción de los Nuevos Acuerdos para la Obtención de Préstamos, que requiere el consentimiento de participantes que representen al menos el 90% de esos compromisos crediticios. Por tanto, la autorización peruana forma parte de un procedimiento internacional más amplio y no basta por sí sola para activar el aumento.


