La Asociación de Universidades del Perú (ASUP) prepara una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N.° 32680, que modifica las condiciones para el nombramiento y ascenso de docentes universitarios.
El presidente del gremio, Jorge Luis Cáceres Arce, advirtió que la norma vulneraría la autonomía universitaria, la meritocracia y la sostenibilidad presupuestal de las instituciones de educación superior.
El principal cuestionamiento está dirigido al nombramiento automático de docentes contratados con más de cinco años de servicio y a la incorporación de jefes de práctica a la carrera docente sin concurso de méritos.
Cáceres Arce sostuvo que la permanencia laboral no puede sustituir la evaluación de competencias, la producción académica, la investigación y el desempeño profesional como requisitos para acceder a una plaza.
La ASUP, que agrupa a 75 universidades del país, considera que estas disposiciones debilitan los mecanismos de evaluación y promoción basados en el mérito. Su presidente remarcó que la calidad de la educación superior debe sustentarse en procesos transparentes que reconozcan la preparación y capacidad de los docentes, y no en ascensos o nombramientos automáticos.
Otro de los cuestionamientos está relacionado con el impacto económico que podría generar la aplicación de la ley. Según Cáceres Arce, los nombramientos y ascensos automáticos podrían generar dificultades presupuestales en universidades públicas y privadas, debido a que las plazas y recursos destinados al pago de remuneraciones se planifican anualmente.
La propuesta de presentar la demanda fue aprobada por unanimidad en la ASUP. Para sustentar la acción legal, el gremio contrató a los expresidentes del Tribunal Constitucional Víctor García Toma y Ernesto Álvarez Miranda.
ASUP y la RPU también han expresado su preocupación por la disposición que permitiría la promoción automática de categoría después de superar el proceso de ratificación docente. Por ello, consideran necesario preservar mecanismos de evaluación que permitan garantizar la calidad de la carrera docente y reconocer el desempeño académico de manera objetiva.


