Tomás Gálvez declaró insubsistente pedido del fiscal Villena para ejercer acción penal contra procuradora María Carhuajulca
Villena solicito a Tomás Gálvez aprobar el ejercicio de la acción penal contra la procuradora general del Estado de consignar declaraciones en un documento y alternativamente por falsa declaración en procedimiento administrativo.
RPP••Actualizado: 21 oct. 2026, 5:00 p. m.
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El Fiscal de la Nación, Tomás Gálvez, declaró insubsistente el pedido del Fiscal Supremo Juan Carlos Villena para ejercer una acción penal contra la procuradora general del Estado, María Carhuajulca, por presunta omisión de consignar declaraciones en un documento y alternativamente por falsa declaración en procedimiento administrativo.A través de un documento emitido el último 02 de octubre, al que tuvo acceso RPP, Gálvez Villegas consideró que dicha solicitud no desarrolla suficientemente determinados aspectos que resultan necesarios para establecer la configuración de los delitos que se le pretenden imputar a la procuradora.El despacho del Fiscal Supremo Titular Juan Carlos Villena investiga a la doctora María Caruajulca de presuntamente haber presentado ante el Ministerio de Justicia una declaración jurada en la que habría omitido consignar que tenía un proceso penal pendiente en agravio del Estado, dato que estaba obligada a declarar conforme lo establece el decreto legislativo que creó la Procuraduría General. Sin ese requisito estaba impedida de asumir el cargo de procuradora general.Al respecto, El titular del Ministerio Público consideró necesario que el despacho de Juan Carlos Villena amplíe y complemente el análisis efectuado, además de precisar la situación procesal de la investigada a la fecha de la presentación de la declaración jurada, examine la excepción relativa a los procesos por derecho propio, esclarezca las circunstancias y documentación vinculadas con su reasunción del cargo y reciba su declaración o, en su defecto, valore expresamente los argumentos de descargo contenidos en escrito presentados ante este despacho y adjunto en la presente carpeta fiscal a fin de que emita un nuevo pronunciamiento debidamente motivado en el que se evalúen integralmente los elementos de convicción y se determine si estos justifican la solicitud de autorización para el ejercicio de la acción penal.
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