Renovación Popular Perú apeló la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de Ica de no proclamar a Jorge Luis Quispe Saavedra como alcalde de San Juan Bautista para el periodo 2027-2030. En el recurso presentado el 6 de noviembre, al que obtuvo acceso El Poder en tus Manos, la cobertura electoral de RPP, la organización política solicitó al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que revoque la resolución. Además, alegó una vulneración del debido proceso, al sostener que Quispe Saavedra no tuvo oportunidad de presentar sus descargos antes de que el JEE adoptara la decisión.El actual burgomaestre postuló a las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre como primer regidor de la lista de Renovación Popular Perú, cuya candidata inicial a la alcaldía, Juana del Socorro Quispe Quijaite, renunció durante el proceso electoral.Esta semana el JEE de Ica consideró que proclamar a Quispe Saavedra como alcalde supondría su continuidad inmediata en el cargo, prohibida por el artículo 194 de la Constitución. Por ello, lo proclamó como primer regidor y dispuso que Rita del Carmen Guerrero Cajo, quien ocupaba el segundo lugar en la lista, asumiera la alcaldía para el periodo 2027-2030.
Apelación presentada por Renovación Popular Perú ante el JEE de Ica. |
Fuente: RPP / JNE
¿Por qué Renovación popular cuestiona la decisión del JEE?Uno de los principales argumentos de la apelación es que Quispe Saavedra no postuló directamente a la alcaldía, sino al cargo de primer regidor. Por ello, Renovación Popular Perú sostiene que no corresponde aplicarle la prohibición de reelección inmediata, debido a que se presentó en la contienda electoraal a un cargo distinto del que ejerce actualmente.En el documento, la organización política consideró que esta prohibición no puede extenderse "por analogía" a una candidatura diferente, debido a que se trata de una norma que restringe derechos; y señaló que el artículo 194 de la Constitución no impide que un alcalde postule como regidor.La organización política también cuestionó que el JEE de Ica se haya basado en el voto en minoría del magistrado Gunther Gonzales Barrón en la Resolución N.° 3656-2026-JNE, y no en la posición mayoritaria del Pleno, que en ese caso concluyó que un alcalde puede postular como regidor. Además, afirmó que no se ha probado "un fraude a la ley" y que la renuncia de la candidata fue aceptada por el propio JEE, que luego terminó inscribiendo a la lista sin candidato a alcaldía.De acuerdo a lo resuelto por el JEE de Ica, la candidata a la alcaldía de esa lista era Juana del Socorro Quispe Quijaite, hija del actual alcalde.Sobre este punto, la agrupación señala:"El eventual vínculo de parentesco entre los involucrados tampoco constituye, por sí mismo, prueba de un acuerdo fraudulento ni permite presumir una finalidad ilícita. La existencia de una relación familiar puede constituir una circunstancia que amerite valoración junto con otros elementos, pero no reemplaza la carga de acreditar objetivamente la conducta que se pretende reprochar".
Apelación presentada por Renovación Popular Perú ante el JEE de Ica. |
Fuente: RPP / JNE
Entre los demás cuestionamientos, Renovación Popular Perú alegó que se vulneró el debido proceso, pues Quispe Saavedra no tuvo oportunidad de presentar sus descargos ni ejercer su derecho a la defensa antes de que el JEE adoptara la decisión.También advirtió una posible contradicción del colegiado: el JEE de Ica rechazó proclamar al primer regidor, pero proclamó como alcaldesa a la segunda, que también postuló como candidata a regidora.Como respaldo, la organización política adjuntó las actas de proclamación de los distritos de Zapatero (San Martín) y San Jerónimo de Tunán (Junín). Según sostiene, en ambos casos otros jurados electorales especiales proclamaron como alcaldes a los primeros regidores de las listas ganadoras.Renovación Popular Perú pide al Pleno del JNE que revoque la resolución del JEE de Ica y proclame a Quispe Saavedra como alcalde para el periodo 2027-2030. De manera alternativa, solicita que se declare la nulidad de la decisión y que el JEE emita un nuevo pronunciamiento.