Según la sustentación presentada por la Fiscalía, la noche del 18 de octubre ambas autoridades edilicias se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas y retornaban por el sector de Chacachaca. En ese trayecto, la víctima realizó una llamada telefónica a su esposa para comunicarle que ya se dirigía a su vivienda; sin embargo, durante la conversación la cónyuge escuchó amenazas de otra persona. Ante la demora en su llegada, la mujer alertó a sus familiares y salieron a buscarlo por la zona.
Durante la búsqueda, los familiares ubicaron a Charles Mamani Díaz en el instante en que presuntamente golpeaba en la cabeza a Wilfredo Mamani Nina. La víctima fue evacuada de emergencia a un centro hospitalario, pero no resistió a causa de la severidad de las lesiones sufridas.
Los análisis médicos forenses practicados tras el traslado del afectado concluyeron que Mamani Nina murió por un traumatismo encéfalo craneano.Argumentación de la Fiscalía y fallo del juzgado
La evaluación de los presupuestos legales para disponer la privación de libertad se llevó a cabo durante la audiencia de sustentación de cargos ante la judicatura de la provincia de Chucuito. Tras analizar la exposición del Ministerio Público y los indicios presentados sobre la agresión en Pomata, el juzgado resolvió fijar el periodo de reclusión preventiva en nueve meses mientras continúan las investigaciones.
“Existen graves y suficientes elementos de convicción que vinculan al imputado con los hechos denunciados”, consideró la jueza de Juli, Nancy Poma Yupanqui.


