El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria del Poder Judicial declaró infundada este miércoles la solicitud de cese de prolongación de prisión preventiva presentada por la defensa de Andrés Hurtado Grados, conocido como 'Chibolín', quien es procesado por la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias y otros en agravio del Estado. La resolución judicial fue adoptada por el juez supremo Juan Carlos Checkley Soria mediante una resolución en la que determinó que el imputado continuará cumpliendo la medida cautelar que fue prolongada por 18 meses adicionales en marzo de 2026, cuyo vencimiento está programado para el 18 de septiembre de 2027. Fundamentos del tribunal para mantener la medida cautelarEn el análisis de la decisión, la instancia judicial resolvió que la conclusión de determinadas diligencias por parte de la Fiscalía no constituye un motivo suficiente por sí solo para ordenar la libertad del procesado, determinando que los elementos presentados por la defensa no lograron desvirtuar las razones fundadas que respaldan la prisión preventiva.Asimismo, el tribunal evaluó la promesa de contratación laboral presentada como prueba de arraigo, concluyendo que dicho documento no acreditaba un trabajo vigente al tratarse únicamente de una oferta condicionada a que el investigado obtuviera su excarcelación.Respecto a la acreditación de la residencia habitual, la resolución del juzgado supremo señaló que tanto el contrato de arrendamiento como la declaración jurada consignados por la defensa de Hurtado presentaban más de un año de antigüedad, por lo que no permitían certificar un arraigo domiciliario actual.De igual forma, al encontrarse el proceso en etapa intermedia, el magistrado fundamentó la vigencia del peligro procesal ante el riesgo de interferencia en las futuras declaraciones de testigos que sostuvieron vínculos personales o de amistad con el imputado.Alegatos en la audienciaEl expresentador de televisión reapareció el último miércoles 14 de octubre en una audiencia virtual para requerir el cese de la medida en el marco del denominado caso 'barras de oro', proceso en el cual la Fiscalía le imputa la presunta comisión de tráfico de influencias y cohecho activo y pasivo específico.Durante la sesión, Hurtado Grados argumentó ser el único sustento económico de su menor hija y argumentó contar con una propuesta para desempeñarse como productor de espectáculos con el fin de justificar su arraigo familiar y laboral."El país sabe de Lucianita, de mi hija de 10 años. Sabe que soy el único sostén de mi hija. No hay otro sostén de mi hija. Imagínense los dos años que estoy acá, ¿cómo puede sobrevivir Lucianita?", dijo Hurtado durante su intervención en la audiencia judicial.A su turno, el fiscal William Rabanal Palacios rebatió los argumentos de la defensa con el argumento de que la empresa consignada por Hurtado opera en el rubro de construcción de edificios y cuenta con reducido personal, de acuerdo a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)El caso contempla un pedido fiscal de 30 años de prisión contra el imputado por presuntamente actuar como intermediario entre el empresario Javier Miu Lei y la fiscal Elizabeth Peralta para la devolución irregular de 100 kilos de oro incautados en 2020 a cambio de una comisión económica.