El MTPE detalló las facilidades laborales para trabajadores y miembros de mesa durante las elecciones.Fuente: Andina
¿Cómo acceder al descanso remunerado?El Ministerio del Trabajo expresó que para acreditar la participación como miembro de mesa y acceder al descanso correspondiente, los peruanos deberán presentar ante su empleador el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).¿Y si trabajo fuera de mi localidad de votación?Aquellos que laboren fuera de su localidad de votación, el MTPE señaló que podrán no asistir a laborar los días viernes 2, sábado 3, domingo 4 y lunes 5 de octubre, siempre que acrediten haber ejercido su voto. Los días laborables no trabajados deberán ser compensados posteriormente.Peruanos que trabajen este 4 de octubre tendrán tolerancia al inicio o durante su jornada para ir a votar, anunció el MTPE
El MTPE informó que los trabajadores tendrán facilidades para acudir a votar este domingo 4 de octubre y cumplir con su deber electoral.

Este domingo, 4 de octubre, los peruanos acudirán a las urnas para elegir a sus próximas autoridades regionales y municipales. En el marco de estos comicios, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso facilidades laborales para que todos puedan acudir a votar.A través de un comunicado, el Ministerio del Trabajo indicó que los peruanos que laboren durante los comicios tienen derecho a una tolerancia al inicio o durante su jornada para ir a emitir su voto.La entidad precisó que el tiempo utilizado deberá ser posteriormente compensando. ¿Qué pasa si trabajo y soy miembro de mesa?La entidad también explicó qué sucede si trabajas el día de las elecciones, pero fuiste elegido miembro de mesa. En ese caso, el Ministerio del Trabajo explicó que podrás no asistir a laborar para que puedas cumplir con tu deber ciudadano. Otras facilidades laboralesEn el mismo pronunciamiento, el MTPE también explicó las facilidades que tendrán los que fueron elegidos miembros de mesa.Miembros de mesa capacitadosEl MTPE explicó que, si fuiste sorteado como miembro mesa, completaste la capacitación y cumples efectivamente esta función, tienes derecho a un día de descanso remunerado no compensable.Según explicó la entidad, este beneficio podrás solicitarlo dentro de los 90 días posteriores de las elecciones y la fecha deberá ser previamente acordada con tu empleador. Miembros de mesa no capacitadosEn el caso de peruanos sorteados como miembros de mesa, pero no capacitados o que fueron elegidos entre la fila de votantes, el MTPE explicó que tienen derecho a un día de descanso remunerado el lunes, 5 de octubre.Sin embargo, explicó que “este descanso es compensable; es decir, las horas deberán recuperarse dentro de los diez días calendario posteriores o en la fecha que determine el empleador”.
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