El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) presentó un proyecto de ley a la Cámara de Diputados del Congreso para aumentar en 50% la cuota del país en el Fondo Monetario Internacional (FMI) de 1.334,5 millones a 2.001,8 millones de derechos especiales de giro (DEG). En dólares, pasaría de US$1.809 millones a aproximadamente US$2.710 millones. De esta manera, la iniciativa firmada por Julio Velarde contempla un incremento de 667,3 millones de DEG, equivalente a unos US$903 millones. La conversión a dólares es referencial y utiliza un valor aproximado de US$1,35 por DEG, según las cotizaciones publicadas por el FMI en octubre de 2026. El proyecto busca obtener la autorización del Congreso para formalizar el consentimiento del Perú al aumento aprobado en diciembre de 2023 por la Junta de Gobernadores del FMI, como parte de la decimosexta revisión general de cuotas. La propuesta también faculta al BCRP a realizar las operaciones financieras y suscribir los documentos necesarios para ejecutar el incremento.¿De dónde se financiará el aumento de la cuota del Perú en el FMI?Según la exposición de motivos del proyecto, el incremento de 667,3 millones de derechos especiales de giro (DEG) se financiará con activos de reserva del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), sin recurrir al Presupuesto General de la República ni al Tesoro Público.El 25% del aumento, equivalente a unos 166,8 millones de DEG, deberá pagarse en derechos especiales de giro, monedas de otros países miembros especificadas por el FMI o una combinación de ambas modalidades. El 75% restante, unos 500,5 millones de DEG, corresponde al componente pagadero en moneda nacional. Las operaciones estarán a cargo del BCRP, conforme a las condiciones establecidas por el organismo internacional.El documento precisa que la operación no constituye una transferencia presupuestal al FMI ni una erogación con cargo al Tesoro Público. Por ello, no requiere una asignación de recursos del Presupuesto General de la República ni genera un gasto fiscal directo.Sin embargo, la operación sí tendrá efectos financieros para el banco central, pues modificará la composición de sus activos externos y su posición financiera frente al FMI. Según la exposición de motivos, el uso de activos de reserva no reducirá el nivel total de las reservas internacionales, sino que cambiará su composición. El documento no cuantifica otros posibles efectos financieros ni estima el costo de oportunidad de los activos utilizados.¿Qué gana el Perú al aumentar su cuota en el FMI?Las cuotas son la principal fuente de recursos financieros del FMI y determinan aspectos clave de la relación de cada país con el organismo, como su poder de voto y el acceso potencial a financiamiento. Con el aumento propuesto, el Perú elevaría el monto de los recursos a los que podría acceder mediante las facilidades financieras del FMI cuyos límites se calculan como porcentaje de la cuota.Esto podría ser relevante si el país necesitara recurrir al organismo ante dificultades económicas. Sin embargo, aumentar la cuota no significa que el Perú recibirá automáticamente un préstamo ni que contará con dinero adicional para financiar el presupuesto público. Cualquier acceso a financiamiento estará sujeto a las políticas, condiciones y decisiones aplicables del FMI.Además, el incremento aprobado en la revisión de cuotas es proporcional para los países miembros, por lo que no busca aumentar la participación relativa del Perú frente a otras economías, sino elevar el monto de su cuota en el organismo.¿Por qué el Congreso debe aprobar el aumento de la cuota?El Convenio Constitutivo del FMI establece que la cuota de un país miembro no puede modificarse sin su consentimiento. En el caso peruano, se requiere autorización legislativa para que el BCRP pueda ejecutar las operaciones correspondientes.Según la exposición de motivos del proyecto, el plazo para comunicar los consentimientos fue extendido hasta el 15 de noviembre de 2026. Hasta el 29 de abril de ese año, 149 países ya habían comunicado su aceptación, equivalentes al 76,66% de las cuotas consideradas para el procedimiento. Para que el aumento entre en vigor, los países que hayan dado su consentimiento deben representar al menos el 85% de las cuotas computables.


