El pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) llega este noviembre. En ese contexto, Alfredo Marín, gerente de Pasivos de BanBif, comparte 4 datos claves para saber cuánto corresponde, hasta cuándo se podrá retirarlo y cómo aprovecharlo.
1. ¿Cuándo recibiré mi CTS y cuánto me corresponde?
El empleador debe depositar la CTS del período mayo-octubre 2026, hasta el lunes 16 de noviembre, con independencia de si en el lugar donde trabaje se declaró día no laborable compensable por la visita papal, ya que el 15, es un día inhábil.
Para quienes trabajaron el semestre completo bajo el régimen laboral general, el depósito equivale aproximadamente al 58% de su sueldo mensual, considerando una gratificación completa y sin otros conceptos remunerativos.
Por ejemplo, si ganas S/3.000 mensuales, recibirías aproximadamente S/1.750. El monto puede variar según tu régimen laboral, remuneración y tiempo trabajado.
2. ¿Puedo disponer del 100% de mi CTS?
Marín indicó que sí se puede retirar, pero se debe prestar atención a la fecha. Este año puedes retirar libremente hasta el 100% del saldo acumulado en tu cuenta CTS, incluyendo intereses y el nuevo depósito de noviembre, solo hasta el 31 de diciembre de 2026.
Después de esa fecha, volverán a aplicarse el bloqueo según dispone la norma, con las excepciones previstas por ley. Pero recuerda: que puedas retirar todo tu dinero no significa que debas hacerlo. La CTS fue creada para protegerte económicamente si pierdes tu empleo.
3. ¿Me conviene retirar mi CTS para pagar deudas?
Depende del tipo de deuda. Si tienes saldos pendientes en tarjetas de crédito o préstamos de consumo con intereses elevados, utilizar parte de tu CTS para cancelarlos podría ser una excelente decisión financiera.
Por ejemplo, si tu tarjeta cobra una tasa anual de 60% y tu CTS gana 3%, reducir esa deuda puede representar un ahorro importante en intereses. Sin embargo, evita utilizar este dinero para compras impulsivas, viajes o gastos que pueden esperar. Recuerda que estás utilizando un fondo diseñado para proteger tu futuro.
4. ¿Y si no necesito el dinero?
El gerente de Pasivos de BanBif sostuvo que si tienes estabilidad laboral y no mantienes deudas costosas, conservar tu CTS puede ser una buena alternativa.
Recomendó comparar las tasas de interés que ofrecen las entidades. No todas pagan lo mismo y hay beneficios adicionales por mantener la CTS, indaga. Por ejemplo, S/20.000 colocados a una tasa efectiva anual de 4% generarían S/800 de intereses en un año, si el saldo permanece intacto.
Además, verificar que la entidad esté supervisada por la SBS y revisar la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos cuando corresponda.
“La CTS no es un ingreso extra ni un premio de fin de año. Es tu seguro financiero frente al desempleo. Antes de retirarla, pregúntate: ¿estoy resolviendo un problema financiero o simplemente financiando un gasto? La mejor decisión no siempre es retirar tu dinero, sino saber cuándo conservarlo”, remarcó.


