El Ministerio de Energía y Minas (Minem) prevé presentar el próximo 15 de octubre una nueva propuesta de Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE), que otorgaría dos años adicionales a unos 30,000 mineros en proceso de formalización para cumplir los requisitos pendientes.
El titular del sector, Guillermo Shinno, explicó que la iniciativa busca superar la fragmentación normativa y establecer un marco jurídico especial para la autorización, regulación, supervisión, fiscalización y trazabilidad de estas actividades.
El proyecto, que tendría 21 artículos y disposiciones complementarias, contempla dos regímenes: uno ordinario, de carácter permanente, y otro de consolidación, temporal y excepcional.
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Dos años para completar los requisitos
De acuerdo con una presentación del Minem ante medios de comunicación, el proceso de formalización vinculado al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) concluiría definitivamente el 31 de diciembre de 2026, pero los trámites en curso no se extinguirían.
Los mineros inscritos a esa fecha pasarían al régimen de consolidación, que comenzaría el 1 de enero de 2027 y terminaría el 31 de diciembre de 2028. Durante ese periodo podrían completar los requisitos pendientes para incorporarse definitivamente al régimen ordinario.
La propuesta contempla que estos operadores queden habilitados temporalmente para trabajar en las coordenadas declaradas, conforme a los requisitos establecidos.
Shinno señaló que este mecanismo estaría dirigido a los aproximadamente 30,000 mineros que se encuentran en proceso de regularización. No habría nuevos ingresos a ese régimen excepcional: quienes busquen iniciar la actividad tendrían que hacerlo por la vía ordinaria.
Esta última exigiría autorización sectorial y certificación ambiental para el inicio o reinicio de operaciones, con requisitos diferenciados según las características de la pequeña minería y la minería artesanal. También establecería obligaciones de información, trazabilidad y fiscalización.
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Formape asumiría la conducción de ambos regímenes
Uno de los cambios institucionales sería la creación del Organismo Nacional para el Fortalecimiento de la Minería Artesanal y Pequeña Minería (Formape), adscrito al Minem y con autonomía técnica, funcional, administrativa y financiera.
El ministerio mantendría el diseño y la evaluación de las políticas nacionales, mientras que el nuevo organismo ejecutaría los programas y servicios y conduciría ambos regímenes. Así, atendería tanto a quienes culminen su formalización como a los nuevos operadores.
Entre sus funciones estarían evaluar los instrumentos de gestión ambiental, otorgar las acreditaciones de pequeños productores mineros y productores mineros artesanales, y emitir autorizaciones de inicio o reinicio de actividades. También administraría los sistemas de información y trazabilidad.
Mientras el Formape no entre en funcionamiento, indicó el ministro, la responsabilidad permanecería en la Dirección de Formalización Minera.
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Exigencias ambientales según el riesgo
Shinno sostuvo que la propuesta mantendría las exigencias de gestión ambiental, aunque planteó que estas deben adecuarse a las condiciones en las que se desarrolla la actividad. Mencionó, en particular, las operaciones ubicadas en zonas desérticas.
La presentación precisa que las actividades deberán contar con certificación ambiental para su inicio y sujetarse a los principios y criterios del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Mediante decreto supremo se fijarían requisitos proporcionales al riesgo y a las condiciones territoriales.
El proyecto incorpora, además, sistemas para identificar el origen, traslado, recepción, beneficio, procesamiento y comercialización de los minerales. Los procedimientos administrativos se centralizarían en una ventanilla única y las notificaciones se realizarían mediante una casilla electrónica obligatoria.
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Cuentas en el Banco de la Nación e incentivos
Ante las dificultades de los mineros para acceder a la banca comercial, el proyecto autorizaría expresamente al Banco de la Nación a ofrecer cuentas corrientes y de ahorro a pequeños mineros y mineros artesanales.
También contempla incentivos para que los titulares de concesiones del régimen general suscriban contratos de explotación con operadores MAPE por un mínimo de tres años. En el área comprendida por esos acuerdos pagarían un derecho de vigencia reducido, correspondiente al estrato de pequeño productor minero, y quedarían eximidos de la penalidad.
Otro componente es el derecho preferente sobre áreas de derechos mineros extinguidos. El Minem podría reservar temporalmente aquellas que se superpongan con las coordenadas declaradas por personas incorporadas al régimen de consolidación.
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Cambios en la responsabilidad ambiental
La iniciativa también plantea modificar el artículo 19 de la Ley N.° 27651. Cuando exista un contrato de explotación o cesión, quienes desarrollen la actividad serían los responsables exclusivos de los incumplimientos ambientales y de seguridad y salud ocupacional derivados de sus operaciones.
Si no existe un contrato vigente, el titular de la concesión respondería solidariamente por los impactos ambientales cuando la autoridad competente acredite su participación.
Asimismo, el incumplimiento de las normas ambientales, formalmente comprobado por la autoridad, constituiría una causal automática de resolución del contrato de explotación.
Plazo de 120 días para las normas complementarias
La propuesta establece un plazo común de 120 días calendario desde la publicación de la ley para su reglamentación y adecuación normativa.
En ese periodo se prevé aprobar el reglamento general y el ambiental, evaluar propuestas de simplificación tributaria con participación del MEF, la Sunat y el Minem, y establecer disposiciones sobre adquisición, almacenamiento y uso de explosivos a cargo del Ministerio del Interior.
El Ejecutivo también tendría que remitir al Congreso el proyecto de Ley de Organización y Funciones del Formape.


