En una entrevista en el programa Las cosas como son, de RPP TV, señaló que "pasar del unicameralismo al bicameralismo es un cambio, una reforma estructural importantísima que va a la esencia del texto constitucional", por lo que resulta totalmente "comprensible que haya conflictos, contradicciones, fricciones cuando empieza a entrar a funcionar este diseño bicameral".
Ochoa Cardich explicó que "la iniciativa legislativa la tiene la Cámara de Diputados solamente", mientras que el Senado carece de iniciativa, limitando sus atribuciones a la facultad de "aprobar, modificar o rechazar" los proyectos de ley, bajo la condición reglamentaria de no desnaturalizar la propuesta original.
De acuerdo con el magistrado, las fricciones procedimentales suelen intensificarse "cuando la composición política de las cámara es distinta", un hecho que, detalló, también se puede vislumbrar en experiencias constitucionales internacionales como en España.
Cómo solucionar las controversias entre la Cámara de Diputados y el SenadoAnte las discrepancias operativas entre ambos fueros, ha surgido en las últimas semanas —tras el pedido al Congreso por parte del Gobierno de la presidenta Keiko Fujimori de otorgar facultades para legislar en diferentes materias— el debate sobre si la Cámara de Diputados podría interponer una demanda competencial contra el Senado o si correspondería una demanda de inconstitucionalidad. Al respecto, Ochoa sentención: "Si vamos al texto legal, en el Perú no está previsto".
Precisó que, a diferencia del modelo español y otros países europeos —donde sí está tipificado el "conflicto de atribuciones entre las cámaras—, la ley peruana no contempla dicha figura.
No obstante, señaló que de ser presentada una demanda competencial o de inconstitucionalidad, el Tribunal Constitucional deberá "pronunciarse".
Para evitar disputas judiciales, el magistrado manifestó que la solución prioritaria no reside en los tribunales. "Por eso en otros sistemas no se va a la vía judicial, no se judicializa el conflicto político", dijo Ochoa.
Como alternativa, planteó recurrir a herramientas del derecho comparado como las "conferencias intercámaras" —mecanismo "previsto en el reglamento"— o "podría modificarse el reglamento del Congreso para establecer una comisión bicameral" a fin de resolver controversias.


