El Congreso de la República oficializó la Ley N.º 32746, que aprueba la Cuenta General de la República correspondiente al ejercicio fiscal 2025 y establece nuevas obligaciones para el seguimiento de observaciones de auditoría y obras públicas paralizadas.
La norma fue publicada este martes 3 de noviembre de 2026 en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La Cuenta General fue presentada por el Poder Ejecutivo, auditada por la Contraloría General de la República y evaluada por la Comisión Bicameral de Presupuesto y de la Cuenta General de la República.
Entre las principales disposiciones destaca la creación de un Inventario Nacional de Obras Públicas Paralizadas, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), cuya publicación deberá realizarse como máximo el 30 de junio de 2027.
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MEF deberá identificar las obras públicas paralizadas en el país
La Ley N.º 32746 dispone que el nuevo inventario sea publicado en la página institucional del MEF y actualizado trimestralmente.
Para su elaboración, las entidades públicas que tengan obras paralizadas deberán presentar, dentro de los 90 días calendario siguientes a la entrada en vigor de la norma, un informe sobre la situación de cada proyecto.
Los documentos deberán identificar las obras, su ubicación, avance físico y financiero, saldo pendiente de ejecución, causas de paralización, situación contractual y legal, así como las medidas previstas para su reactivación.
La Contraloría deberá verificar la información del inventario al menos cada tres meses y presentar informes semestrales a la Comisión Bicameral de Presupuesto del Congreso.
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Contraloría tendrá seguimiento a recomendaciones sobre cuentas públicas
La legislación también establece que el MEF presente un plan para implementar las recomendaciones contenidas en el informe de auditoría de la Cuenta General de la República 2025.
El documento deberá ser remitido a la Comisión Bicameral de Presupuesto en un plazo máximo de 30 días calendario, contados desde la entrada en vigor de la ley.
Además de las acciones correctivas, deberá incluir un diagnóstico de las observaciones correspondientes a los ejercicios fiscales de 2013 a 2025, las entidades responsables, los plazos y los hitos verificables.
El MEF tendrá que presentar informes trimestrales sobre los avances, incluyendo el seguimiento de observaciones relacionadas con las obligaciones previsionales y su impacto en el patrimonio público.
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Aprobación de la Cuenta General no exonera responsabilidades
La norma aclara que aprobar la Cuenta General de la República 2025 no significa validar la gestión de todas las instituciones públicas.
Tampoco convalida actos administrativos ni exime a funcionarios o servidores de responsabilidades administrativas, civiles o penales que puedan determinar las autoridades competentes.
Por ello, la Contraloría, el Ministerio Público y el Congreso podrán continuar con las investigaciones y acciones de fiscalización correspondientes.
Sunat deberá compartir información contable con Contraloría
Otra disposición establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) proporcione a la Contraloría información financiera y contable agregada y anonimizada, necesaria para sus labores de auditoría.
Ambas instituciones deberán aprobar un protocolo técnico en un plazo de 30 días calendario desde la entrada en vigor de la ley, con medidas para proteger la reserva tributaria.
La norma también establece que la negativa o demora injustificada en proporcionar esa información constituye una infracción grave.


