Unos jueces en Nueva York emitieron un fallo que limitará las circunstancias en las que los agentes del ICE van a arrestar a los inmigrantes en tribunales migratorios. Esta resolución, aplicable en todo Estados Unidos, anuló las directrices aplicadas en el 2025 y además estableció una serie de detenciones durante las audiencias.
ICE no podrá realizar arrestos en las cortes de inmigración
El juez federal P. Kevin Castel, del Distrito Sur de Nueva York, indicó el pasado 30 de noviembre que la política de arrestos del ICE en las cortes, implementada en el 2025, era "arbitraria y caprichosa" en virtud de la Ley de Procedimiento Administrativo de Estados Unidos.
Por esta razón, ordenó dejarla sin efecto en toda la nación americana. Con esta decisión se restablecen las restricciones que existían anteriormente para las acciones de control migratorio en las cortes de inmigración y sus alrededores, a excepción de determinadas circunstancias excepcionales.
Este fallo ocurrió a partir de una demanda presentada por African Communities Together y The Door, dos organizaciones que ofrecen servicios a inmigrantes. Los grupos cuestionaron tanto la política de arrestos del ICE como otra medida relacionada con la finalización de los procedimientos migratorios.
¿Qué cambia para los inmigrantes en EE.UU. que tienen audiencias migratorias?
La decisión es un cambio importante para los inmigrantes que tienen procesos migratorios pendientes en Estados Unidos, incluidos aquellos en situación migratoria irregular que deben acudir a una corte para cumplir con una audiencia obligatoria; no obstante, el fallo no cancela sus audiencias ni tampoco cambia automáticamente las fechas de los casos.
Debes saber que lo que cambia es la facultad del ICE para poder utilizar la política del 2025 como base para realizar arrestos civiles de manera amplia dentro o cerca de las cortes. Con esta anulación, vuelven a aplicarse las restricciones establecidas en la guía de ICE del 27 de abril de 2021.
En resumen, esta decisión no significa que el ICE tenga prohibido realizar cualquier arresto en una corte de inmigración, pero existen algunas circunstancias específicas en las que pueden llevarse a cabo acciones de control migratorio como: amenazas a la seguridad nacional, riesgos inminentes de muerte, violencia o daño físico, situaciones de persecución inmediata y algunos casos relacionados con amenazas a la seguridad pública.


