El viernes 6 de noviembre de 2026 será día no laborable en la región de Ayacucho por una disposición regional vinculada con el reconocimiento de la música tradicional ayacuchana. La medida se enmarca en una celebración cultural dedicada a destacar la trayectoria de representantes del folclore local y permitirá que determinados trabajadores se acojan al descanso, según las condiciones establecidas en la normativa.
La disposición no corresponde a un feriado nacional, por lo que su alcance se limita al ámbito regional y depende del sector laboral. La ordenanza contempla a los trabajadores de entidades públicas de Ayacucho, mientras que en las empresas privadas la aplicación del descanso quedará sujeta a un acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.
Día de la Canción Folclórica Ayacuchana: ¿por qué se conmemora el 6 de noviembre?
La fecha está relacionada con el Día de la Canción Folclórica Ayacuchana, una celebración que reconoce la importancia de las expresiones musicales tradicionales de esta región. La medida fue establecida mediante la Ordenanza Regional N.° 002-2013-GRA/CR, que fija el 6 de noviembre de cada año como día no laborable en el ámbito regional.
La conmemoración también rinde homenaje al músico Nery García Zárate, reconocido por su trabajo como intérprete y recopilador de la tradición musical ayacuchana. Su trayectoria estuvo ligada a la difusión del folclore junto con su hermano Raúl, con quien compartió presentaciones musicales. La disposición regional busca reservar esta jornada para reconocer el aporte de estas expresiones a la identidad cultural de Ayacucho.
¿Qué trabajadores podrán descansar el 6 de noviembre en Ayacucho?
El descanso está dirigido a los trabajadores del sector público que laboran en la región de Ayacucho, de acuerdo con el alcance de la ordenanza. Por ello, la fecha debe distinguirse de los feriados nacionales, que se aplican conforme a las disposiciones vigentes para todo el país.
En el caso del sector privado, la norma contempla que la aplicación del día no laborable sea opcional y esté sujeta a un acuerdo previo con el empleador. Esto significa que el descanso no se extiende automáticamente a todos los trabajadores de empresas particulares, sino que dependerá de lo que acuerden ambas partes. La medida, por tanto, tiene un alcance regional y condiciones distintas según el régimen laboral.


