El Gobierno de Perú declaró el estado de emergencia en 707 distritos de 17 departamentos del país por el peligro inminente de déficit hídrico durante el periodo de lluvias 2026-2027. La medida tendrá una vigencia de 60 días calendario y permitirá ejecutar acciones extraordinarias para reducir los riesgos asociados a la posible escasez de agua.
La decisión fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 140-2026-PCM, publicado este domingo 11 de octubre en el diario oficial El Peruano.
La norma comprende distritos de:
- Áncash
- Apurímac
- Arequipa
- Ayacucho
- Cusco
- Huancavelica
- Huánuco
- Junín
- La Libertad
- Loreto
- Madre de Dios
- Moquegua
- Pasco
- Puno
- San Martín
- Tacna
- Ucayali
Según el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), los territorios comprendidos presentan un riesgo muy alto ante la posibilidad de una disminución de los recursos hídricos. Esta situación podría generar afectaciones a la población y a actividades económicas como la agricultura y la ganadería.
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¿Por qué se declaró la emergencia?
La declaratoria se sustenta en informes técnicos del Indeci, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi), la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred) y la comisión multisectorial encargada del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (Enfen).
De acuerdo con los estudios, existen señales de una disminución progresiva de los caudales y una reducción sostenida de los volúmenes de agua almacenados en los embalses.
A ello se suma el desarrollo de El Niño en el Pacífico ecuatorial central, condición que, según el informe situacional del Indeci, permite advertir una alta probabilidad de déficit hídrico en el país durante el periodo de lluvias 2026-2027.
La norma también señala que la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales involucrados ha sido sobrepasada frente al peligro identificado, por lo que resulta necesaria la intervención técnica y operativa de las entidades del Gobierno nacional.
¿Qué medidas se ejecutarán durante los 60 días?
Durante la vigencia del estado de emergencia, los gobiernos regionales y locales comprendidos deberán ejecutar medidas y acciones excepcionales, inmediatas y necesarias para reducir el riesgo muy alto existente, así como desarrollar labores de respuesta y rehabilitación cuando corresponda.
Estas intervenciones se realizarán con la coordinación técnica y el seguimiento del Indeci, además de la participación de los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Producción, Desarrollo e Inclusión Social, Interior y Defensa.
El decreto precisa que las acciones deberán mantener una relación directa con el peligro de déficit hídrico que motiva la declaratoria. Asimismo, podrán modificarse durante su ejecución según las necesidades y condiciones de seguridad que se presenten, siempre que estén sustentadas en estudios técnicos.
En cuanto al financiamiento, el Poder Ejecutivo estableció que las medidas se cubrirán con los presupuestos institucionales de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
¿Qué distritos están comprendidos?
El anexo del decreto supremo identifica a los 707 distritos declarados en emergencia, entre los cuales figuran importantes ciudades y localidades del país.
En Arequipa están incluidos Cerro Colorado, Paucarpata, Yura y Chivay, mientras que en Cusco figuran Cusco, San Jerónimo, San Sebastián, Santiago, Wanchaq, Machupicchu y Urubamba.
En Junín se encuentran Huancayo, El Tambo, Chupaca, Jauja y Satipo. En Loreto están comprendidos Iquitos, Punchana, Belén y San Juan Bautista.
La relación también incluye distritos como Puno, Juliaca, Ilave y Desaguadero, en el departamento de Puno, así como Tacna, Ciudad Nueva, Alto de la Alianza y Calana, en Tacna.
La declaratoria tiene carácter preventivo frente al peligro identificado para los próximos meses. Por tanto, no significa que los 707 distritos ya estén atravesando una situación de escasez de agua, sino que presentan condiciones de riesgo que requieren intervenciones urgentes.
Finalmente, el Indeci estará encargado de efectuar el seguimiento de las medidas adoptadas y remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros los resultados de las acciones ejecutadas durante la vigencia del estado de emergencia.


