La Cámara de Comercio de Lima (CCL) expresó su rechazo al proyecto de Ley que propone penas de entre tres y cinco años de cárcel para directivos y funcionarios de empresas operadoras móviles que omitan dolosamente bloquear líneas o equipos vinculados a delitos dentro de un plazo máximo de un día calendario.
La iniciativa, impulsada por la diputada Mady Yonz Núñez (Renovación Popular) , plantea incorporar el artículo 222-E al Código Penal para sancionar a administradores, gerentes, representantes legales y funcionarios de las operadoras que, teniendo la capacidad de actuar, no ejecuten oportunamente la baja del servicio o el bloqueo del equipo.
- LEA TAMBIÉN: CCL alerta que proyecto sobre ingreso de alimentos a eventos masivos afectaría inversión en el sector
Si bien la CCL respaldó el fortalecimiento de las medidas contra la extorsión, advirtió que crear un nuevo delito penal no sería necesario ni proporcional, pues ya existen mecanismos administrativos y penales para sancionar estas conductas.
Riesgo de criminalizar retrasos operativos
Uno de los cuestionamientos de la CCL es que el plazo de un día calendario podría generar investigaciones penales por retrasos derivados de fallas técnicas, problemas de transmisión, dificultades de coordinación interna o imposibilidad material de cumplir con el requerimiento, incluso cuando no exista intención de incumplir.
En ese sentido, la institución considera que la redacción del proyecto no delimita suficientemente los elementos del delito y podría exponer a responsabilidades penales a directivos y personal técnico por incumplimientos operativos.
yt:LpYqnwSU_Fs
CCL cuestiona necesidad de nuevas sanciones penales
La Cámara sostuvo que el Derecho Penal debe ser la última herramienta del Estado, especialmente cuando existen mecanismos administrativos menos gravosos.
En ese marco, recordó que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) cuenta con facultades de supervisión y sanción frente al incumplimiento de las obligaciones de baja de servicios y bloqueo de equipos.
La CCL también señaló que el artículo 200 del Código Penal contempla penas de entre 10 y 15 años para quienes proporcionen deliberadamente medios destinados a cometer extorsiones.
Pena de hasta cinco años sería desproporcionada
Otro cuestionamiento apunta a la severidad de la sanción propuesta. La CCL comparó la iniciativa con el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, que contempla una pena máxima de dos años para el funcionario público que incurra ilegalmente en estas conductas.
Frente a ello, la institución considera que establecer hasta cinco años de prisión para personal de empresas privadas por incumplir un requerimiento administrativo no guardaría una adecuada proporcionalidad.
Finalmente, la CCL reiteró que la lucha contra la extorsión requiere medidas eficaces y técnicamente sustentadas, y sostuvo que el proyecto no demuestra que la creación de un nuevo delito contribuya a reducir este tipo de criminalidad.


