La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema deberá definir, en última instancia, si el expresidente Alejandro Toledo puede afrontar bajo arresto domiciliario lo que resta de la condena de 20 años y seis meses de prisión que se le impuso por el caso de Carretera Interoceánica Sur, tramos dos y tres, vinculado a Odebrecht.El tribunal supremo declaró “bien concedido” el recurso de casación que interpuso la defensa legal del exmandatario contra la resolución que emitió la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional, el 2 de septiembre del 2025, en la que confirmó la decisión que dictó el entonces juez Richard Concepción Carhuancho, el 9 de mayo del 2025, en la que desestimó dicho pedido de sustitución de la sanción condenatoria de pena privativa de libertad efectiva por arresto domiciliario en este proceso penal.La sala presidida por el juez supremo titular Víctor Prado Saldarriaga determinó en su resolución, a la que tuvo acceso RPP, que el tema propuesto por la defensa legal del exjefe del Estado requiere el desarrollo de una doctrina jurisprudencial a fin de establecer si es necesaria una sentencia firme para que una persona mayor de 80 años pueda cumplir una condena de prisión efectiva, bajo comparecencia o arresto domiciliario, por razones humanitarias.La defensa legal del expresidente Alejandro Toledo solicita al Poder Judicial la aplicación de la Ley 32181, que permite a las personas mayores de 80 años afrontar sus condenas bajo detención domiciliaria por razones humanitarias.“En ese sentido, corresponde verificar, desde la causal 1 del artículo 429 del CPP lo siguiente: (i) si la Sala Penal de Apelaciones incurrió en un defecto de motivación al no pronunciarse sobre los agravios expuestos en el recurso ordinario de apelación referido a la interpretación del artículo 22 del Código Penal; y (ii) si se vulneró el derecho fundamental a la libertad personal, desde el principio de legalidad, ello en referencia a la interpretación del tercer párrafo del artículo 22 del acotado código”, precisó el colegiado supremo en su resolución.La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema dispuso que la causa permanezca en la secretaría de este tribunal a disposición de las partes por el plazo de diez días, para que los interesados puedan examinarla y presentar, si lo estiman conveniente, alegatos ampliatorios; y una vez vencido el plazo, se dé cuenta para fijar fecha de la audiencia virtual en la que se evaluará dicho recurso de casación a fin de emitir una decisión al respecto en los próximos días.El expresidente Alejandro Toledo, quien está recluido en el establecimiento penitenciario de Barbadillo, ubicado en el distrito limeño de Ate, se encuentra a espera de que la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional emita una decisión respecto el recurso de apelación que presentó su defensa legal para que se anule la condena de 20 años y seis meses de prisión que le impuso el Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional, el 21 de octubre del 2024, al hallarlo responsable de los delitos de colusión y lavado de activos en agravio del Estado por el caso de la Carretera Interoceánica Sur, tramos dos y tres, vinculado a Odebrecht.Sobre el exmandatario pesa también una condena de 13 años y cuatro meses de prisión que le impuso la Novena Sala Penal Liquidadora de Lima, el 3 de septiembre del 2025, por el delito de lavado de activos agravado a raíz del denominado caso Ecoteva.